Consulta previa del Lote 192: La necesidad de la Justicia Ambiental a través de la Justicia Distributiva y la Justicia Participativa

PUINAMUDT, 31/07/2015.- El abogado Juan Carlos Ruiz Molleda, del Instituto de Defensa Legal (IDL) reflexiona en un reciente artículo sobre la exigencia de «Fondo Social» presentada por las comunidades de las cuencas de los ríos Corrientes y Pastaza, integrantes de las federaciones indígenas FEDIQUEP y FECONACO, en el marco de la Consulta Previa del Lote 192 (ex Lote 1ab).
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El abogado habla sobre la «asimetría» generada por la extracción de petróleo, en tanto que las grandes ganancias petroleras no son proporcionales «con todas las consecuencias de la contaminación ambiental, la destrucción de su hábitat y los graves daños a la salud y a la vida». «Para el Gobierno parece razonable esta situación», señala.
Según cifras estimadas por Perupetro, en los próximos 30 años de concesión petrolera, el Lote 192 alcanzaría la producción de aproximadamente 138 millones de barriles de petróleo; esto representa más de 7 mil millones de dólares al precio actual del barril.

Monitor Ambiental de FEDIQUEP, en laguna Shanshococha. Foto: La República, julio 2015.

Monitor Ambiental de FEDIQUEP, en laguna Shanshococha. Foto: La República, julio 2015.


En su artículo, Ruiz Molleda desarrolla los conceptos de Justicia Ambiental, Justicia Distributiva y Justicia Participativa, sustentados en jurisprudencia y conceptos de la Corte Constitucional de Colombia y la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos.
«Estamos ante nuevas categorías claves que deben incorporarse a nuestro ordenamiento [jurídico]», indica el abogado experto en derechos indígenas y constitucionalismo.

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