ORPIO, ORAU y CORPI-SL: POR UNA INMEDIATA SOLUCIÓN INTEGRAL DE LAS DEMANDAS DE LOS PUEBLOS AFECTADOS POR EL LOTE 192

LAS ORGANIZACIONES INDÍGENAS ORPIO, ORAU, CORPI Y SUS BASES SE PRONUNCIAN

 POR UNA INMEDIATA SOLUCIÓN INTEGRAL DE LAS DEMANDAS DE LOS PUEBLOS AFECTADOS POR EL LOTE 192

 19 de setiembre del 2015

Las organizaciones ORPIO, ORAU y CORPI SL y sus organizaciones de base reunidos en la ciudad de Iquitos y abajo firmantes, participantes del proceso de consulta previa del proyecto Hidrovía Amazónica, nos pronunciamos sobre el actual conflicto entre el Estado peruano y los pueblos indígenas Quechua del Pastaza, Achuar del Corrientes y Kichwa del Tigre, en el Lote 192, conflicto originado a causa de un proceso de Consulta Previa que ha vulnerado principios rectores de la ley N° 29785 y su reglamento. Al respecto manifestamos:
1)      Respaldamos la protesta pacífica que realizan nuestros hermanos y hermanas indígenas que integran la Federación de Comunidades Nativas del Corrientes, (FECONACO), la Federación Indígena Quechua del Pastaza (FEDIQUEP) y la Organización de los Pueblos Indígenas Kichwa Fronterizos Perú Ecuador (OPIKFPE), en legítima defensa de sus territorios y vidas.
2)      La lucha de estos pueblos se inició hace varios años atrás, exigiendo respeto y atenciones urgentes a la crisis socioambiental en sus territorios, basándose en una clara voluntad de diálogo y paciencia. Sin embargo, la incapacidad del Estado para atender efectivamente y a tiempo sus justas demandas y un proceso de consulta previa fraudulento, han tirado abajo un proceso que pudo ser provechoso para las relaciones históricas de conflicto que el Estado tiene con los pueblos indígenas. Los más de 7 días de paralización de la producción en el Lote 192 son responsabilidad exclusiva del Estado, pues hubo tiempo y medios para evitar el escenario actual.
3)      Denunciamos el cierre y la cancelación arbitraria del proceso de consulta del lote 192, de mala fe. Es evidente que si la finalidad de la consulta es que el Estado y los PPII se pongan de acuerdo, existe una obligación del Estado de hacer los esfuerzos necesarios a su alcance para alcanzar ese acuerdo. La obligación de obtener el consentimiento en los procesos de consulta, se concreta en la obligación de hacer los esfuerzos necesarios para alcanzar este acuerdo. Existe la obligación del Estado y de los PPII de buscar ese acuerdo, y esto no se realizó en la consulta del lote 192.
4)      Nos sumamos a las exigencias de nuestros hermanos y hermanas indígenas del Lote 192, e instamos al gobierno peruano a que de inmediato envié una comisión de alto nivel a los territorios indígenas en movilización y atienda cuanto antes los puntos expuestos en la actual plataforma de lucha de las federaciones y comunidades del Lote 192.
5)      Reprobamos y rechazamos las declaraciones de la Viceministra de Interculturalidad en el proceso de consulta del lote 192,  y porque además no se ajustan a la verdad. Señala que FECONAT y ORIAP son el 50% de las comunidades afectadas. Esto tampoco es cierto. La mayoría de comunidades afectadas por la actividad y la mayor cantidad de instalaciones petroleras (casi el 80%) se encuentran en territorio Achuar del Corrientes y quechua del Pastaza. Es falso afirmar que en el diálogo entre el Estado y las federaciones FEDIQUEP y FECONACO no se llegaron a acuerdos. Lo que ocurrió realmente es que el Estado dio por concluida la etapa de diálogo cuando éste apenas comenzaba. Lo que viene denunciando FEDIQUEP y FECONACO fue que la etapa de diálogo apenas se inició y que por lo tanto no hubo la posibilidad de consolidar acuerdos. Por estas consideraciones, solicitamos la renuncia de la Viceministra de Interculturalidad, pues se ha convertido en un obstáculo y en una amenaza para los derechos de los pueblos indígenas y para la correcta realización de los procesos de consulta previa.
6)      Es indispensable que esta comisión vaya con la voluntad política de llegar a acuerdos, dar respuesta y/o alternativas a los puntos de la plataforma; asimismo, los acuerdos a los que se arriben deben contar con responsables precisos, cronogramas y sean respetados, de ser el caso los mismo deben ser vinculantes. Debe constituirse una comisión de observadores del cumplimiento de estos acuerdos.

Iquitos, 19 de setiembre de 2015

 ORAU

CORPI

ORPIO