Federaciones solicitan información a Perupetro ante posible vulneración del derecho a Consulta Previa en el Lote 192

PUINAMUDT, 13/2/2018.- Luego de los anuncios de calificación de la empresa Petroperú como operadora del Lote 192, las organizaciones indígenas de la plataforma PUINAMUDT sostuvieron una reunión el 2 de febrero con el Gerente General de Perupetro, funcionarios del Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y representantes de Petroperú; para aclarar el escenario incierto que dicha decisión generaba a las comunidades del lote.
En la reunión, las federaciones FEDIQUEP, FECONACOR, OPIKAFPE y ACODECOSPAT expresaron su desconfianza hacia el Estado, así como exigieron transparencia y respeto de su derecho a consulta previa. Posteriormente, las federaciones acordaron hacer un pedido de información que permita transparentar las intenciones del Estado y la situación inmediata del lote. El documento, dirigido al Gerente General de Perupetro, fue remitido el pasado 5 de febrero.
Por su parte, el MINEM se comprometió a remitir hasta el miércoles 7 de febrero una propuesta de cronograma para iniciar las reuniones técnicas donde se discutirán modificaciones a cláusulas del contrato petrolero vinculadas a aspectos sociales y ambientales. A la fecha, el compromiso del MINEM no se ha cumplido.

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Primera cara del documento.

El pasado mes de octubre, 16 de comunidades de los pueblos achuar, quechua y kichwa al interior del Lote 192 y sus federaciones representativas, firmaron con representantes del Estado peruano el Acta de Andoas, un documento que precisa el respeto al derecho a consulta previa de las comunidades por parte del Estado y otros puntos como discusiones técnicas e interculturales para la modificación del contrato, así como el cumplimiento de varios compromisos pendientes.

Segunda cara del documento

Segunda cara del documento

El acta de Andoas fue firmada luego de casi 40 días de movilización pacífica y paralización del lote petrolero. Respecto a consulta previa, el acta señala: “En el caso de que exista un Decreto Supremo que apruebe la suscripción de un nuevo contrato de exploración y explotación en el Lote 192, que implique posible afectación directa de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, el Estado peruano procederá conforme a lo establecido en el artículo único de la Resolución Ministerial 209-2015-MEM/Dm para la realización de una Consulta Previa de acuerdo al Convenio 169 OIT y la normatividad legal vigente en esta materia” (Acuerdo 3).