Federaciones solicitan información a Perupetro ante posible vulneración del derecho a Consulta Previa en el Lote 192
PUINAMUDT, 13/2/2018.- Luego de los anuncios de calificación de la empresa Petroperú como operadora del Lote 192, las organizaciones indígenas de la plataforma PUINAMUDT sostuvieron una reunión el 2 de febrero con el Gerente General de Perupetro, funcionarios del Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y representantes de Petroperú; para aclarar el escenario incierto que dicha decisión generaba a las comunidades del lote.
En la reunión, las federaciones FEDIQUEP, FECONACOR, OPIKAFPE y ACODECOSPAT expresaron su desconfianza hacia el Estado, así como exigieron transparencia y respeto de su derecho a consulta previa. Posteriormente, las federaciones acordaron hacer un pedido de información que permita transparentar las intenciones del Estado y la situación inmediata del lote. El documento, dirigido al Gerente General de Perupetro, fue remitido el pasado 5 de febrero.
Por su parte, el MINEM se comprometió a remitir hasta el miércoles 7 de febrero una propuesta de cronograma para iniciar las reuniones técnicas donde se discutirán modificaciones a cláusulas del contrato petrolero vinculadas a aspectos sociales y ambientales. A la fecha, el compromiso del MINEM no se ha cumplido.
El pasado mes de octubre, 16 de comunidades de los pueblos achuar, quechua y kichwa al interior del Lote 192 y sus federaciones representativas, firmaron con representantes del Estado peruano el Acta de Andoas, un documento que precisa el respeto al derecho a consulta previa de las comunidades por parte del Estado y otros puntos como discusiones técnicas e interculturales para la modificación del contrato, así como el cumplimiento de varios compromisos pendientes.
El acta de Andoas fue firmada luego de casi 40 días de movilización pacífica y paralización del lote petrolero. Respecto a consulta previa, el acta señala: “En el caso de que exista un Decreto Supremo que apruebe la suscripción de un nuevo contrato de exploración y explotación en el Lote 192, que implique posible afectación directa de los derechos colectivos de los pueblos indígenas, el Estado peruano procederá conforme a lo establecido en el artículo único de la Resolución Ministerial 209-2015-MEM/Dm para la realización de una Consulta Previa de acuerdo al Convenio 169 OIT y la normatividad legal vigente en esta materia” (Acuerdo 3).