El Lote 1AB: parte de una historia de impunidad ambiental y vulneración de derechos indígenas
5 agosto, 2014
PUINAMUDT, 05/08/2014.- Al norte de la selva peruana y con el membrete del área con mayor producción de barriles de petróleo en Perú, el Lote 1AB se encuentra en el ojo público nacional e internacional a raíz del próximo vencimiento de la concesión vigente (agosto 2015) otorgada a la empresa Pluspetrol y un proceso de consulta previa pendiente.
Ubicado sobre territorios indígenas, el lote ha generado en más de 42 años de actividad severos daños ambientales y sociales. Lo ocasionado en las comunidades, lagunas, quebradas, chacras y zonas de caza y pesca indígena, ha motivado en ellos una gran movilización que exige justicia y reparación frente a la impunidad, la exclusión y la pobreza.
Dentro de la compleja y larga historia que pervive en el Lote 1AB, los cambios que han ocurrido sobre las dimensiones del área inicial del lote reflejan una historia administrativa discrecional que despierta suspicacias, esto si tenemos como criterio el respeto de derechos colectivos, el ordenamiento territorial y la transparencia de la gestión pública.
Un lote con muchas formas
En junio de 1971, por Decreto Supremo N°003-71-ED/DS, se aprobó el contrato entre el Estado peruano y Occidental Petroleum Corporation (conocida luego como OXY) para operaciones en el Lote 1A, cuya área fue de 529 mil hectáreas (has). En abril de 1978 se aprobó el inicio de operaciones en el lote 1B, de 479,265 mil has., a cargo también de OXY. Recién en marzo de 1986 ambos lotes se fusionan y forman el Lote 1AB, con más de 497 mil hectáreas; es decir, alrededor de 511 mil hectáreas menos que la suma de las áreas iniciales de los lotes A y B.
En esas tierras se construyeron instalaciones petroleras, se desbrozó bosque para abrir paso a tuberías, carreteras y campamentos; también se cavaron pozos para explotación. En la cuenca del río Corrientes algunas instalaciones se levantaron sobre cementerios del pueblo achuar. Ese bosque se transformó y huyeron animales, la gente migró o dejó de usar zonas de tradición.
El año 2000, mediante un contrato entre privados, la OXY y la empresa argentina Pluspetrol realizan una cesión de posición de contractual. Pluspetrol asumiría entonces las labores como operador en el 1AB. Esta cesión se oficializa en mediante el DS N°007-2000-EM. No hubo nueva licitación, no hubo nuevo contrato con el Estado; fue sólo un cambio de empresa.
En octubre de 2006, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) declara por medio de las Resoluciones Supremas 060 y 061 que las tierras del Lote 1AB (y además de Lote 8) son “tierras eriazas” (como si nadie viviera o usara esos territorios), adjudicando gratuitamente las “servidumbres de ocupación a favor de la empresa Pluspetrol”.
La suelta de área del Lote 1AB
En noviembre de 2011 la empresa estatal gestora de licitaciones y supervisión de la actividad petrolera, Perupetro (creada el año 2005), acepta un pedido de Pluspetrol y hace una “suelta de área” del Lote 1AB reduciéndolo a un 58% de su dimensión original. Entonces, quedaron fuera del lote nada más que 287 050,906 has.
La nueva transformación del Lote 1AB lo redujo a 5 partes, volviéndolo un archipiélago de bloques (A, B, C, D, E). Con esto, luego de casi 40 años de uso para actividades extractivas, casi 209 mil hectáreas fueron sueltas y abandonadas sin más.
Hay que señalar que de acuerdo a la Ley de Hidrocarburos, la demarcación de un lote petrolero o la suelta de área del mismo, son actividades que usan criterios exclusivamente extractivos. Una suelta de área se justifica en función de “horizontes productores”; una demarcación de lote se hace pensando en “potencial hidrocarburífero” y “programa de trabajo”.
Vulneraciones y oportunidad
Toda esa intrincada historia del Lote 1AB, direccionada en su mayoría de veces desde un escritorio en Lima, ocurrió en territorio indígena. Según especialistas, el mecanismo adecuado para realizar una suelta de área implica la elaboración y aprobación de Instrumentos de Gestión Ambiental, la fiscalización de los mismos y la consulta e información a las comunidades de la zona.
En los varios cambios de forma del Lote 1AB el Estado ha actuado mal, ya sea incumpliendo obligaciones constitucionales (como por ejemplo el de titular tierras y territorios ocupados tradicionalmente, según el Convenio 169 de la OIT) o vulnerando derechos fundamentales (como garantizar el derecho a la propiedad, según la Constitución Política del Perú).
Sin embargo, el Estado no puede eludir sus responsabilidades como garante de derechos. En el marco de las actividades de la Comisión Multisectorial 119-2014-PCM, las organizaciones indígenas FECONACO, FECONAT, FEDIQUEP y ACODECOSPAT han abierto una mesa de trabajo específica para encontrar soluciones a problemas como este. El Estado tendrá la oportunidad de enmendar una práctica histórica de impunidad y exclusión; pero ¿la aprovechará?
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