Proyecto de Ley de Promoción de la Industria de Hidrocarburos en Perú: Volviendo al Pasado Petrolero sin consenso social

Por Mario Zúñiga, antropólogo.
El Estado está empeñado en retroceder todo lo mínimamente alcanzado en materia de derechos sociales y ambientales. El PROYECTO DE LEY N° 2145/2017-PE LEY DE PROMOCION DE LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS y su discusión mínima en el congreso, es una prueba contundente. Ello se hace con el agravante de cometer su posible aprobación dentro de poco en un contexto social en el cual, la clase política que nos gobierna y los empresarios que la llevan de la mano, están cuestionados por corrupción, lobby perverso e irrespeto por toda regla de juego social donde debería primar la equidad, interculturalidad, buena fe y transparencia.
Es un escenario de temer. El proyecto en cuestión va en sentido contrario de la dirección tomada por naciones que, hoy por hoy, han sabido revertir la maldición de recursos dando pasos cada vez más seguros a la soberanía de los recursos estratégicos, la sensatez de reducir sus proyecciones hacia el comercio global de un commodity venido a menos, y el cambio de matriz energética necesario para sobrevivir como especie.
Cuáles son algunos de esos anti-pasos – expresados en nuevos artículos- hacía la prehistoria de los hidrocarburos e incluso en contra de las metas País que se tenía para ingresar a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y cumplir con lineamientos internacionales de buenas prácticas:

  1. Triplicar y debilitar competencias ambientales. (Artículo 6.l, del PL)
  2. La amenaza de aumentar los conflictos de intereses, reducción de estándares preventivos y contextos de corrupción. (Art. 6.l y Art. 22 del PL)
  3. Desaparecer derechos colectivos y la participación social en vez de fortalecerlos. (Sin desarrollo en el PL)
  4. Militarizar en vez de construir contextos de equidad. (Art.36; 72.B; 79.B del PL)
  5. Incentivar las malas prácticas en vez de reducirlas. (Art. 22.A del PL)

Vayamos paso a paso
Triplicar y debilitar competencias ambientales:
Si la OCDE y los Tratados de Libre Comercio en sus recomendaciones y hasta obligaciones le decía al Perú que fortalezca las competencias ambientales como la del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (1), el gobierno de turno crea confusión al poner un nuevo actor en estas competencias: Perupetro. Con ello, el Ministerio del Ambiente, incluso la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, con las competencias, recursos, experiencias ambientales de evaluación y certificación ambientales ganadas a pulso, podrían quedar como invitados no deseados.
Esto último, genera la amenaza del aumento de conflictos de intereses, la reducción de estándares ambientales preventivos y contextos de corrupción:
Si el Ministerio del Ambiente había sido un paso importante para apuntar hacia un futuro (reclamado por sociedad civil y por los mismos TLC) que genere contextos transparentes, ambientalmente responsables y de paz, en respuesta a situaciones anteriormente vividas de falta de especialización y contextos de corrupción ( por ser juez y parte en términos ambientales y empresariales), nuestro Gobierno parece volver al pasado (inspirado tal vez por bandas empresariales (2)), incluso antes de la ley que se quiere cambiar, devolviéndonos el recuerdo de sesiones cerradas de directorio de Perupetro que han tenido cuestionamientos constantes (3) en torno a la probidad de sus procesos de negociación petrolera e impulsando la reducción de instrumentos de gestión ambiental que en zonas ecosistémicas sensibles podrían generar daños irreparables.
Desaparecer derechos colectivos y participación:
En este caso no hay pasos hacia atrás sino zancadas hacia épocas de colonización territorial, de una manera particular y contundente: la invisibilización de ciudadanos indígenas, campesinos y pescadores. No se podía esperar menos de este gobierno, que ya no solo parece renunciar a la tekne ambiental sino que mediante la negación de sus propios avances en materia de consulta (tienen medidas referidas a ello, lo cual debería recoger y reflejar) y participación ciudadana, estos ciudadanos no son tomados en cuenta ante procesos y procedimientos que la Ley impulsa (prórrogas de contrato, retención de sueltas de área, militarización, expansión de áreas de explotación, licencia de contratos (4) ). La situación se hace mucho más compleja en un contexto en el cual los conflictos sociales pueden acrecentarse debido a experiencias como las del Lote 192, 8, 31, 88, etc., en donde miles de sitios impactados y pasivos ambientales, dejados y cometidos por empresas irresponsables, son relativizados mediante procedimientos administrativos que no toman en cuenta las decisiones y experiencia de estos pueblos para decidir sobre lo que les queda de territorio. Finalmente, la misma Ley debería ponerse en consulta como lo ha planteado los pueblos indígenas organizados en el PUINAMUDT en sus comentarios a las ausencias corporativas de la ley (5).
Militarizar en vez de construir contextos de equidad:
Mientras que otros países gestionan la maldición de los recursos (muchos recursos mineros-energéticos que crean contextos de violencia, corrupción y de impacto negativo al medio ambiente), creando fondos (por ejemplo Estados Unidos, país amado por nuestro presidente (6) ) para mejorar el contexto social donde operan las petroleras, generando empleo, bienestar social, seguridad jurídica, autonomía, y contextos adecuados de justicia ambiental, la propuesta del Estado para fortalecer la promoción, es la militarización. Esto se puede dar en zonas donde los pueblos indígenas han sido la vanguardia de defensa del territorio patrio, y dando las espaldas a las normativas internacionales especiales para pueblos indígenas con respecto a la militarización (7) y el direccionamiento de los beneficios petroleros en territorios empobrecidos por la contaminación y desatención intersectorial.
Incentivando malas prácticas.
Mientras que el Estado hace gala de la muerte civil a nivel político (8), en el caso de empresas con controversias administrativa, judicial y arbitral lo cual puede representar un score escandaloso de prácticas perversas sobre los territorios, estas pueden ser premiadas con la posible extensión de sus contratos, para colmo, por medio de procedimientos sin estándares adecuados para el cumplimiento mínimo del derecho constitucional a un medio ambiente equilibrado. Con el proyecto de Ley, estos derechos, se subordinan a procedimientos administrativos coloniales donde el indígena, el campesino, el pescador son solo figurita de presentación en el Facebook, twitter, y paneles de publicidad de la empresa, la cual puede estar inmersa en procesos contenciosos por crímenes ambientales, pero igual condecorada.
 
Así avanza el proyecto de Ley, sin discusiones serias en el congreso, que por lo menos debería tomar en cuenta la opinión especializada de la Comisión de Pueblos Andinos Amazónicos Afrodescendientes Ambiente y Ecología, espacio en cual hoy no se discute la Ley y donde se podría abrir el debate para que los pueblos opinen y se plantee y promueva la aplicación de la Ley de Consulta Previa existente.
Así también, caminamos en reversa, sin atender al contexto de cambios globales de la matriz energética, haciendo una venia subordinada y retrógrada a las empresas de hidrocarburos, las únicas beneficiadas sin consenso real, por esta Ley, siendo permisiva con el impacto negativo de las actividades de hidrocarburos en las vidas de ciudadanos y ciudadanas que cargan en sus espaldas la viveza perversa empresarial y la neo-colonización de sus territorios.
Notas
1. Evaluación Ambiental del Desempeño Perú 2016. Aspectos destacados y Recomendaciones. Santiago. Naciones Unidas/OCDE. Pag.36
2  …algunas de las actividades de ciertos proyectos de exploración, sobre todo los de exploración inicial, no requieran contar con permisos y licencias; sino, que sean reemplazados por medidas de manejo, objetivos regulados, declaraciones juradas y fiscalización. Incluso, a través de respaldos de garantías financieras. Nos referimos por ejemplo, a las autorizaciones de vertimientos, pozos sépticos, entre otros. Pag.210. Libro Blanco de los Hidrocarburos. Propuesta de reformas del sector de hidrocarburos para un nuevo consenso social. Sociedad Peruana de Hidrocarburos.2014.
3. Diaz C (2015) El cuestionado negocio del Petróleo. https://www.servindi.org/actualidad/126949
4. Art. 22.A; Art. 25; Art.36; 72.B; 79.B ; Art.32; Art.11 del PL.
5. http://observatoriopetrolero.org/proyecto-para-una-nueva-ley-de-hidrocarburos-como-afecta-al-lote-8-y-al-lote-192-como-beneficia-a-pluspetrol/
6. https://www.epa.gov/superfund/what-superfund
7. Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Artículo 30. 1. No se desarrollarán actividades militares en las tierras o territorios de los pueblos indígenas, a menos que lo justifique una razón de interés público pertinente o que se haya acordado libremente con los pueblos indígenas interesados, o que éstos lo hayan solicitado. 2. Los Estados celebrarán consultas eficaces con los pueblos indígenas interesados, por los procedimientos apropiados y en particular por medio de sus instituciones representativas, antes de utilizar sus tierras o territorios para actividades militares.
8. http://www.pcm.gob.pe/2016/10/fernando-zavala-gobierno-aprobo-muerte-civil-por-corrupcion/